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Preguntas Frecuentes

 P. ¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad
para registrarse para votar?            

R. Para registrarse, usted tiene que ser:

  • ciudadano de los Estados Unidos;

18 años de edad el día de la elección general en noviembre;

  • residente de Ohio por lo menos 30 días antes del día de la elección;
  • no actualmente en la prisión a causa de un delito grave;
  • no declarado “incompetente para los propósitos de votación” por un juez de la legalización de un testamento;

P. ¿Cuándo es el plazo para registrarse?

R. El plazo para registrarse para votar es treinta días antes de la elección general.

P. ¿Puedo llevar una forma conmigo para un amigo?

R. Sí, usted puede llevar una forma a alguien para completar y echar al correo. Sin embargo, dado que el plazo está tan pronto, puede ser más eficiente si la otra persona se fuera a la biblioteca pública o a la oficina del diputado de los vehiculos automóviles (donde usted renueve su licencia de conductor) y completara un registro del votante allí. Entonces uno podría estar seguro que llegaría a tiempo a la Junta de Elecciones.

P. ¿Puedo registrarme para votar si he estado en la prisión a causa de un delito grave?

R. Sí.. La ley de Ohio permite que usted se registre y vote tan pronto como le suelten de la prisión, aun si usted está en libertad condicional o en periodo de prueba. No es necesario hacer nada más que completar una forma ordinaria de registro del votante. No puede votar si usted está encarcelado actualmente.

P. ¿Puedo registrarme para votar si tengo 17 años?

R. Usted puede registrarse a los 17 años si usted cumplirá 18 años antes o al día de la elección general. Además, usted puede votar en una elección primaria (solamente para los candidatos, no para cualquier asunto en las urnas) cuando tiene 17 años, si usted va a cumplir 18 antes de la elección general.

P. ¿Si soy estudiante en la universidad y vivo en un dormitorio o un apartamento puedo registrarme?

R. Sí. Como estudiante usted puede elegir votar  donde estudia o en el municipio donde vivía antes, según el lugar que usted ahora considera su residencia. La determinación oficial es “ese lugar a qué, cuando uno esté ausente, espera volver.” ¡Pero usted no puede votar en ambos lugares! Si usted se registró en casa antes, y ahora desea cambiar su registro a su residencia en el colegio, tenga cuidado que usted complete su dirección anterior del registro así que puede ser cancelado.

P. ¿Puedo registrarme si recibo o he recibido asistencia pública?

R. Sí. Esto de ninguna manera no interfiere en su derecho a registrarse y a votar.

P. ¿Puedo registrarme si acabo de mudarme a Ohio?

R. El registro para votar se cierra 30 días antes de una elección. Así, si usted está aquí a tiempo para registrarse antes del plazo, usted habrá sido automáticamente un residente por los 30 días requeridos antes de la elección.

P. ¿Puedo registrarme si acabo de mudarme a este condado o a otro condado en Ohio?

R. Usted debe registrarse otra vez en su nuevo condado si ha cambiado su residencia. Tenga cuidado de completar su dirección anterior donde estaba registrado así que se pueda ser cancelado – y así que usted no puede ser acusado de haber tratado de registrarse dos veces.

P. ¿Puedo registrarme usando esta forma si vivo en otro condado (no en este condado)?

R. Sí. Complete la forma del registro, poniendo el nombre de su condado arriba. Daremos todas las formas completas a la Junta de Elecciones de este condado y ellos mandarán las formas de fuera del condado a los condados correctos.

P. ¿Qué hago si voy a mudarme en octubre inmediatamente antes del día de la elección?

R. Usted debe registrarse y votar en esta elección usando la dirección donde vive ahora. Después de la elección, tenga cuidado de mandar el cambio de dirección a la Junta de Elecciones así que le registraren a su nueva dirección para la próxima elección.

P. ¿Y si acabo de ser ciudadano de los Estados Unidos, qué hago?

R. Usted ha estado elegible a registrarse y votar en el instante en que se hizo ciudadano. En realidad, muchas jurisdicciones proveen servicios de registro a la ceremonia de ciudadanía.

P. ¿Qué hago si no hablo muy bien el inglés?

R. No tiene que hablar el inglés con soltura para votar. Puede aceptar ayuda para completar la forma de registro; y también puede aceptar ayuda para votar, si quiere, de dos oficiales de elecciones que son miembros de diferentes partidas politicas – o de cualquier persona con excepción de su empleador u oficial del sindicato o candidato político.

P. ¿Qué hago si estoy sin hogar, viviendo en un refugio, o en vivienda temporal?

R. Si conoce un lugar que aceptaría correo para usted (por ejemplo, el hogar de un amigo o de un pariente, una iglesia, una despensa de alimentos), usted puede registrarse en esa dirección. Tiene que dar su dirección para que la Junta de Elecciones se de cuenta de adonde enviar la tarjeta que le informará sobre el lugar donde usted debe votar.

P. ¿Qué hago si estoy viviendo en un refugio para casados abusados?

R. No es necesario usar la dirección del refugio. Use la dirección de su hogar anterior para registrarse; entonces pida que un voto de ausente se mande a otra dirección (tal vez a su lugar de empleo, a la casa de un amigo o a la oficina de un abogado). O bien se puede votar por voto de ausente en la oficina de la Junta de Elecciones durante las horas de oficina hasta el día antes de la elección.

P. ¿Qué hago si estoy viviendo en una clínica de reposo?

R. Usted debe registrarse en la dirección donde vive ahora. Si está en una clínica de reposo o vivienda de asistencia, puede votar en persona o por voto de ausente. Si solícita un voto de ausente, indique que está en una clínica de reposo, y la Junta de Elecciones mandará su voto con dos empleados de diferentes partidas políticas para ayudarle a votar, si quiere ayuda. Es su opción.

P. ¿Qué hago si no puedo leer ni escribir muy bien, o tengo minusvalías?

R. Otra persona puede completar la forma de registro por su parte y usted puede solamente firmar o poner su marca. Cuando va para votar, explique que necesita ayuda; cualquier persona que usted quiere puede ayudarle (con la excepción de su empleador o un oficial de su sindicato o un candidato) o bien  dos oficiales de elecciones de diferentes partidas políticas pueden ayudarle. La opción es suya.

P. ¿Qué hago si tengo una “tarjeta verde” pero no soy ciudadano de los E.E.U.U.?

R. No, no puede registrarse para votar en Ohio. Tiene que ser ciudadano de los Estados Unidos. No importa hasta cuando  haya estado un residente permanente y haya pagado los impuestos, usted no puede registrarse ni votar si no es ciudadano.

P. ¿Qué hago si vivo en un estado diferente?

R. No tenemos la autoridad para registrar a residentes de otros estados. No tenemos las formas ni la información para decirle que son los requisitos de las leyes de otros estados. Usted debe ponerse en contacto con la oficina del Secretario del Estado de ese estado o bien con la Liga de las Mujeres Votantes para informarse de que tiene que hacer para registrar en el estado de su domicilio.

P. ¿Cómo puedo declarar mi partido político preferido?

R. Usted no declara su partido cuando se registra para votar en Ohio; solamente cuando usted pide el voto de cierto partido en una elección primaria.

P. ¿Me llamarán para servir como miembro de un jurado si me registro para votar?

R. Quizá. Algunos condados y municipios usan la lista de votantes registrados para elegir jurados. Otros usan la lista de licencias de conductor para elegirlos. En ambos casos, los nombres son elegidos al azar de las listas; entonces usted puede  ser seleccionado o no.

P. ¿Por cuánto tiempo dura activamente el registro (si no he votado durante muchos años)?

R. Registros de votantes no se purgan automáticamente cada año. Sin embargo, usted puede ser eliminado de la lista de registrados si no ha votado por lo menos una vez en un periodo de cuatro años incluyendo dos elecciones generales federales.

P. ¿Después de registrarme, adónde voy para votar?

R. La Junta de Elecciones debe mandarle su tarjeta de registro, con el lugar de votación, por correo antes del día del elección (el primer martes después del primer lunes en noviembre). Si no llega, usted debe llamar a la Junta de Elecciones de su condado para asegurarse que está registrado y para encontrar la dirección de su lugar de votación. Si usted vive en Oberlin, puede encontrar su lugar de votación y un mapa en el sitio Web de Oberlin Votes.

Cuando usted se presenta al lugar de votación, acuérdese de que necesita llevar consigo identificación válida: o su licencia de conductor o un cheque de paga o una factura de servicio público o un extracto del banco o un documento del gobierno que contiene su nombre y dirección actual. La tarjeta que recibió de la Junta de Elecciones no es aceptable.

P. ¿Tengo que registrarme de nuevo solamente porque me mudé a una dirección distinta en la misma ciudad (o en el mismo distrito)?

R. Sí, usted tiene que informar a la Junta de Elecciones si cambia su residencia o si cambia de nombre. Debe rellenar
la forma de registración con su nueva dirección o nuevo nombre y echarla al correo o entregarla a la Junta.

Lorain County Board of Elections
1985 North Ridge Road, East
Lorain, OH 44055
Phone (440) 326-5901

P. ¿Quién puede votar en ausencia?

R. Considere votar un voto de ausente: gracias a una nueva ley, cualquier votante registrado puede votar un voto de ausente, sin condiciones. Para pedir un voto de ausente necesita rellenar una “aplicación para votar en ausencia” y echarla al correo a su Junta de Elecciones. La aplicación requiere un solo tipo de identificación: o el número de su licencia de conductor, o los cuatro últimos dígitos de su número de Seguridad Social, o una copia de una actual y válida identificación con foto, de una factura actual de servicio público, de un extracto del banco, un cheque del gobierno, un cheque de  paga u otro documento del gobierno que muestra su nombre y dirección.

Hay arreglos especiales disponibles para personas con minusvalías y personas que tienen emergéncias médicas el día de la elección. Póngase en contacto con la Junta de Elecciones de su condado para más información. Los votos de ausente tienen que ser recibidos en la Junta de Elecciones del condado antes de 7:30 de la noche el día de la elección para que se cuenten. Los votos echados al correo de fuera de los Estados Unidos tienen que ser cancelados antes del día de la elección y se contarán si son recibidos por la Junta de Elecciones hasta diez días después de la elección.

P. ¿Qué hago si necesito ayuda para llegar al lugar de votación?

R. Use nuestra forma de contacto para pedir transporte
al lugar de votación.

P. ¿Dónde puedo encontrar información sobre los candidatos y los asuntos?

R. Hay información en este sitio sobre candidatos y asuntos.
La página Links le dirigirá a más información

 

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